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DRA. TERESA PEÑA GASPAR
NOTARIO PÚBLICO Nº 138 DEL ESTADO DE MÉXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL.
RFC: PEGT730711A21 | CURP: PEGT730711MDFXSR08 | CÉDULA PROFESIONAL: 2818733

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COMPRAVENTA DE PARCELA QUE HA ADOPTADO EL DOMINIO PLENO (1ª ENAJENACIÓN)

Para poder iniciar el trámite de compraventa de parcela, es necesario considerar los siguientes requisitos como mínimos:

  • Título de Propiedad (inscrito en el IFREM)
  • Copia de la Manifestación y boleta de pago del Impuesto de Traslado de Dominio.
  • Acta de Matrimonio de la parte vendedora.
  • Boleta Predial del año en curso.
  • Boleta de Agua del año en curso.
  • Certificación de No Adeudo Predial, No Adeudo de Aportación de Mejoras, Clave y Valor Catastral y la de No Adeudo de Agua.
  • De conformidad con los Artículos 84, 86, 87 y 89 de la Ley Agraria, requerimos.
    • La Notificación del Derecho del Tanto.
    • El Derecho de Preferencia del Estado y Municipio.
    • Avalúo de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (hoy Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales INDAABIN) o cualquier institución de Crédito.
  • De conformidad con el Artículo 93 fracción XXVIII (Para exentar ISR por 1a Enajenación).
    • Documento que acredite al enajenante su calidad como ejidatario y/o comunero.
  • Identificaciones de la parte vendedora y de la parte compradora (credencial de elector, pasaporte, o cedula profesional).
  • CURP (de la parte vendedora y de la parte compradora).
  • Actas de Nacimiento (de la parte vendedora y de la parte compradora).
  • RFC (de la parte vendedora y de la parte compradora).
  • Comprobante de Domicilio (de la parte vendedora y de la parte compradora).
  • Anticipo.


  • En caso de no ser presentada la documentación completa antes mencionada y el anticipo que sea solicitado es su momento, no será posible iniciar con el trámite solicitado.